FORECLOSURE
El Capitulo 702 de los Estatutos de la Florida le permite a la compañia de hipoteca a establecer una demanda de Foreclosure de su casa, si Usted no ha cumplido con sus pagos hipotecarios. El banco tiene su propio abogado; tenga Usted el suyo que represente sus derechos. Como su abogado, lo puedo asesorar en opciones disponibles para proteger su hogar, ganandole tiempo para que mejore su situacion financiera, o tramite otros arreglos financieros, como una modificacion de hipoteca.

PREGUNTAS FRECUENTES
Pregunta: ¿En Cuánto tiempo tengo que responder después de que se presente una demanda de Foreclosure?

Respuesta: En la Florida sólo tiene 20 días para responder a esta notificación. Es muy importante que se reúna con un abogado con experiencia lo antes posible para discutir sus opciones.

Pregunta
: ¿Es posible salvar mi casa después de las acciones de Foreclosure han comenzado?

Respuesta: Sí. La Defensa de Foreclosure ( Foreclosure Defense ) le permite ganar tiempo en su casa para arreglar su situación financiera o para tomar la mejor alternativa para Usted y su familia. Si Usted está atrasado en sus pagos o una acción de Foreclosure se ha puesto en contra de Usted, debe contactar a un abogado para discutir sus opciones.

Pregunta
: ¿Qué es una deficiencia de la sentencia (deficiency judgment)?

Respuesta: Es un embargo contra el deudor, cuando la venta de la propiedad no produjo suficientes fondos para pagar la hipoteca, se considera una deuda.

 

 

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